ESTATUTOS DE SEDIC


CAPÍTULO V.- RECURSOS ECONÓMICOS


Artículo 28.
Los recursos económicos previstos para el desarrollo de los fines y actividades de la Asociación serán los siguientes

  a. Las cuotas de socios, periódicas o extraordinarias, que fije la Asamblea General.
  b. Las subvenciones, donaciones, legados o herencias que pudieran recibir de forma legal por parte de los Socios o de terceras personas y Organizaciones.
  c. Cualquier otro recurso lícito.

Artículo 29.
El ejercicio asociativo y económico será anual y su cierre tendrá lugar el 31 de diciembre de cada año.